PAPEL DE LOS ABUELOS EN LA SEPARACIÓN

La pasada tarde cuando volvía del despacho, además de que ya hubieran encendido el alumbrado navideño, me llamó la atención la cantidad de niños y niñas que iban de la mano de sus abuelos y sobre todo de sus abuelas, con la mochila del cole colgando a sus espaldas. Sí, hasta ahora no había prestado atención a este fenómeno, aunque de alguna manera sabía que existía, no era plenamente consciente, de esta nueva generación de niños que prácticamente se está criando con sus abuelos. En algún lugar escuché una vez, que una “huelga de abuelas” sería mucho peor que una de autobuses. Creo que tenían razón. Me paré a pensar entonces, si realmente se les estaba dando en los procesos de separación, la importancia que realmente tienen. Ya no solamente por estos ángeles de la guarda, que después de toda su dedicación y esfuerzo, pueden quedar apartados de esos niños que ahora, recogen a la salida del colegio y a los que dedican muchas horas de esfuerzo diario resignadamente. Sino también por los propios niños que por motivos obvios están muy vinculados emocionalmente a sus abuelos.


Si estos abuelos, resultan ser los padres de aquel que no ha obtenido la custodia del menor, su régimen de convivencia con ellos va a ser muy restringido y acostumbra a ser una experiencia muy frustrante para las dos partes.
El art. 160 del Código Civil, señala al respecto, que los abuelos tendrán derecho a relacionarse con sus nietos y que si no existe una causa justa, no se podrán impedir estas relaciones. Pero en muchos casos no está sucediendo así sino que aquel que tiene la custodia suele poner todos lo impedimentos posibles para que se cumplan las visitas acordadas, que por otro lado también pueden ser muy reducidas.

Cuando en el convenio regulador no se ha establecido ningún régimen de visitas entre abuelos y nietos, pueden reclamarlo por vía judicial, a través del juicio verbal, establecido por la Ley 42/2003 que modifica el Código Civil y la Ley de enjuiciamiento Civil en lo relativo a las relaciones entre abuelos y nietos. Sin embargo, la mayor parte de los abuelos de estos niños evita ir a los tribunales por diversos motivos, entre los que están empeorar más las relaciones entre los ex cónyuges y la de no hacer pasar a los menores por un proceso que siempre resulta traumático.


Tampoco se trata de que se obligue a ninguna de las partes y se obtenga una situación forzada que sólo provoque malestar y enfrentamiento sino de mantener una coherencia relacional entre el antes y el después de la ruptura matrimonial. Claro está que no sería lógico establecer un régimen de visitas muy amplio entre unos abuelos y unos nietos entre los que su relación consistía en reunirse un día por navidad y otro para el cumpleaños, cuando han residido en la misma ciudad o en un lugar cercano y la distancia no ha supuesto ningún impedimento para mantener mayor contacto y los progenitores tampoco han puesto impedimentos a una relación más estrecha .Este sería más bien una muestra de desinterés por las dos partes y desde mi punto de vista seria absurdo ampliarlo con la separación.


En conclusión, pienso que sería conveniente hacer una reflexión acerca de estas relaciones, enriquecedoras y que tanto pueden aportar a los pequeños y mantener una actitud un poco más abierta en torno a esta cuestión, porque si bien es cierto que ellos no son los padres ni biológicos ni legales de los niños, en la práctica y en numerosos casos están ejerciendo como tales ya que pasan tantas horas o más con ellos que sus propios progenitores.



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Comentarios

  1. Tengo 60 años y quiero separarme de mi esposo ¿ NECESITO UN ABOGADO O LO PUEDO PLANTEAR YO MISMA EN EL JUZGADO?

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