DIVORCIO CON MASCOTAS

Divorcio con mascotas


Cada vez es más normal que exista un divorcio con mascotas en la familia. El número de mascotas que hay en los hogares españoles cada día va en aumento. En las redes sociales se comparten fotos y vídeos de cariñosos gatos y perros y eso provoca un efecto llamada que hace que tengamos alguno de estos adorables animalitos. Son compañeros ideales para los humanos, solos, en pareja o para nuestros hijos y comparten el día a día de nuestras visicitudes con nuestras penas y alegrías. Dado el aumento de divorcios no es nada raro que en muchos de esos hogares exista una mascota. Entonces ¿Que ocurre cuando existe un divorcio con mascotas en el hogar? ¿Quien se la queda? ¿Existe algún tipo de custodia para nuestros animales?

Para empezar debemos tener en cuenta que aunque sea un ser vivo y lo queramos mucho, el artículo 333 de nuestro código civil considera a nuestra mascota como "cosa". Por tanto legalmente tiene una consideración de objeto o bien mueble. Así cualquier miembro de la pareja separada puede reclamar su derecho de posesión. 

En el caso que el animal hubiera sido adquirido con anterioridad al matrimonio o establecimiento de la pareja, aquí no habrá duda alguna sobre su posesión. En el caso de que el matrimonio esté en separación de bienes también el animal será otorgado a su propietario aunque este haya sido adquirido durante el matrimonio. Ello se demostrará a partir de los documentos de su compra o adopción o en su defecto a nombre de quien esté la cartilla sanitaria del animal.

Lo primero que habría que hacer es aplicar el sentido común y que la mascota se quedara con aquel miembro que ha estado en mayor contacto con él y que tenga tiempo y espacio para cuidarlo. En algunos casos es posible una indemnización al otro cónyuge en concepto de gastos generados o por pérdida sentimental. Llegado el caso se puede llegar a pactar una custodia compartida para el animal si ello fuera posible o en su defecto un régimen de visitas. Existe en España un precedente, en Badajoz a siete de octubre de 2010 con sentencia favorable a la custodia compartida de un perro, mediante 6 meses alternos.

En el hecho de que en el hogar existan hijos menores que hayan adquirido una convivencia y un cariño continuado hacia su mascota, el juez resolverá en cualquier caso que la mascota no se separe del menor por el bien de este. En el caso concreto de los gatos también se determinará que se queden en el hogar donde ha crecido y vivido, ya que está demostrado que los viajes y cambios continuados le provocan un gran estrés al felino dado el carácter territorial que ostenta.

Comentarios

  1. Las mascotas también sufren las separaciones de sus dueños y les crea estrés e incluso depresión. Lo más lógico claro esta es que el animal se quede con aquel que haya establecido un vinculo mayor y sobre todo a quien legalmente le pertenezca a la hora de haberlo registrado.

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